Max Pradera solo necesita una corta reflexión para sentenciar la instrucción del juez Peinado contra Begoña Gómez.

 

 

El escritor ha retratado al magistrado en redes sociales y ha criticado que este siga manteniendo su cargo.

 

 

 

Max Pradera carga contra Peinado una vez la Audiencia de Madrid ha anulado la decisión de enviar a Begoña Gómez a un proceso con jurado.

 

 

La mañana judicial en Madrid amaneció con una resolución que, más allá del lenguaje técnico, tuvo un eco inmediato en el debate político y mediático. La Audiencia Provincial de Madrid decidió anular la propuesta del juez Juan Carlos Peinado de enviar a Begoña Gomez a un proceso con jurado popular. Un revés procesal que no solo afecta al rumbo de la causa, sino que vuelve a situar bajo el foco la actuación del magistrado.

 

La decisión del tribunal provincial es clara en su esencia: considera que el instructor no justificó de manera suficiente el salto procesal hacia el Tribunal del Jurado. En términos jurídicos, aprecia falta de fundamentación y un esfuerzo argumentativo insuficiente para sostener ese avance. En términos más llanos, entiende que no se explicaron con la precisión necesaria los hechos, los indicios y su encaje en el tipo penal que permitiría activar la vía del jurado.

 

No es un matiz menor.

 

El procedimiento del jurado popular no es una simple formalidad. Supone una transformación sustancial en la dinámica del proceso penal. Exige una delimitación rigurosa de los hechos imputados y una motivación especialmente sólida por parte del juez instructor. Cuando un tribunal superior corrige ese paso, el mensaje implícito es que el estándar exigido no se ha alcanzado.

 

La resolución llega en un contexto ya cargado de tensión. La investigación que afecta a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sanchez, se ha convertido desde su inicio en uno de los asuntos judiciales con mayor repercusión política de los últimos años. Cada decisión, cada auto y cada recurso han sido analizados al detalle en medios de comunicación y redes sociales.

 

En este escenario, la reacción no se hizo esperar.

 

Uno de los comentarios que más repercusión ha tenido fue el del escritor y guionista Max Pradera. A través de su cuenta en X, Pradera lanzó una reflexión breve pero contundente: “En cualquier trabajo, un profesional con este historial de correcciones —algunas tan severas como esta— hace tiempo que habría sido apartado”. Su mensaje acompañaba una información publicada por El Pais sobre la anulación acordada por la Audiencia.

 

La frase encendió el debate digital.

 

Porque más allá del caso concreto, la intervención de Pradera apunta a una cuestión de fondo: ¿qué implicaciones tienen las correcciones reiteradas a un instructor? ¿Forman parte de la normal dinámica procesal o revelan deficiencias estructurales en la conducción de la causa?

 

No es la primera vez que una instancia superior revoca decisiones adoptadas por Peinado en este procedimiento. Según consta en resoluciones previas, ya se han anulado varios autos y se ha ordenado retrotraer actuaciones. El propio tribunal provincial ha llamado la atención en otras ocasiones sobre la necesidad de mayor precisión argumentativa.

 

Ahora bien, conviene subrayar un aspecto clave: la anulación del paso al jurado no implica el archivo automático del caso. La investigación continúa en fase de instrucción. El juez puede reformular su resolución, reforzar la motivación y, eventualmente, volver a plantear el encaje procesal si considera que concurren los requisitos legales.

 

La Audiencia no entra en el fondo definitivo de la culpabilidad o inocencia, sino en la suficiencia formal y material de la decisión de avanzar hacia el jurado. Es una corrección técnica, aunque con fuertes consecuencias simbólicas.

 

En el plano jurídico, los tribunales superiores cumplen precisamente esa función de control. El sistema de recursos existe para garantizar que las decisiones de instrucción respeten los estándares legales y procesales. Que haya revocaciones no es, en sí mismo, extraordinario. Lo relevante es la reiteración y el contenido de las advertencias.

 

 

En el plano político y mediático, sin embargo, la lectura suele ser menos matizada.

 

Para quienes critican la instrucción, la decisión refuerza la idea de que el procedimiento ha avanzado con bases frágiles. Para quienes defienden la investigación, se trata de un ajuste procesal que no altera la esencia de las sospechas iniciales.

 

Lo cierto es que el tribunal provincial ha empleado términos como “falta de fundamentación” y “mínimo esfuerzo argumentativo”, expresiones que no pasan desapercibidas en un entorno tan polarizado. En el lenguaje judicial, cada palabra está medida. Y cuando se cuestiona la motivación de una resolución, se está señalando una carencia esencial en el soporte jurídico del acto.

 

El caso vuelve así a una fase anterior. La instrucción deberá continuar delimitando hechos, practicando diligencias y concretando indicios si pretende sostener un eventual enjuiciamiento. El jurado popular, por ahora, queda en suspenso.

 

Mientras tanto, el debate público sigue creciendo.

 

La figura del juez instructor se convierte en protagonista involuntario de un escrutinio que trasciende el expediente. Las redes sociales amplifican cada matiz. Los analistas jurídicos desmenuzan los autos. Y los actores políticos interpretan cada resolución en clave estratégica.

 

En este clima, las palabras de Max Pradera funcionan como catalizador de una discusión más amplia sobre responsabilidad profesional, independencia judicial y control institucional. Su comparación con otros ámbitos laborales apunta a una percepción ciudadana que exige coherencia y rigor en todos los niveles del sistema.

 

Sin embargo, el marco judicial tiene sus propias reglas. La independencia del juez implica también que sus decisiones puedan ser revisadas sin que ello suponga automáticamente una sanción disciplinaria. Solo cuando se acredita negligencia grave o actuación contraria a derecho pueden activarse mecanismos específicos de responsabilidad.

 

De momento, lo que hay es una corrección procesal relevante y una causa que continúa abierta.

 

La Audiencia Provincial ha marcado límites claros sobre cómo debe justificarse un paso tan significativo como el envío a jurado. El juez Peinado tiene ahora la opción de reforzar su planteamiento o de reconducir la instrucción por otra vía.

 

La dimensión política del asunto seguirá presente, inevitablemente. Pero el núcleo del debate continúa siendo jurídico: motivación suficiente, concreción de hechos y respeto escrupuloso de las garantías procesales.

 

En definitiva, la resolución de la Audiencia no cierra el caso, pero sí redefine su ritmo y su encuadre. Y en un procedimiento con tanta exposición pública, cada ajuste técnico adquiere una resonancia que va mucho más allá de los autos judiciales.

 

La causa sigue viva. El jurado, de momento, no. Y el foco permanece sobre cómo evolucionará una investigación que, desde su inicio, no ha dejado indiferente a nadie.