La sentencia más difícil del Supremo: condena o absolución para el fiscal general tras un juicio sin pruebas.

 

 

 

 

 

 

Vista general de la Sala, durante la primera jornada del juicio al fiscal general del Estado, el 3 de noviembre de 2025, en el Tribunal Supremo.

 

 

 

La sentencia del juicio al fiscal general del EstadoÁlvaro García Ortiz, que concluyó este jueves, tras seis sesiones intensas, podría conocerse antes de que finalice el año, estiman fuentes del Tribunal Supremo.

 

 

No habrá opción de recurso más que ante el Tribunal Constitucional, en el caso de una condena.

 

 

Después de las 40 testificales escuchadas en el juicio y de las exposiciones definitivas de las acusaciones, de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, que ha defendido a García Ortiz, ahora el foco pasa a los siete magistrados que han juzgado al fiscal general del Estado, cinco de los cuales ya se habían pronunciado con anterioridad en el mismo asunto, al decidir abrir causa por primera vez en la historia contra el máximo representante del Ministerio Fiscal, en el ya célebre auto de 15 de octubre de 2024.

 

 

 

El fiscal general llegó a juicio pese a los nulos indicios de que él hubiera filtrado a un periodista de la Cadena Ser el correo electrónico de 2 de febrero de 2024 que contenía la confesión de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, como autor de dos delitos fiscales.

 

 

La filtración y su consiguiente publicación en prensa convirtió al novio de Ayuso en “defraudador confeso”, lo que le habría ocasionado unos perjuicios que él mismo calificó como “muerte social”.

 

 

 

Para contrarrestar políticamente el impacto de los hechos, es decir, que González Amador había sido denunciado por la Fiscalía en base a la defraudación constatada por Hacienda de 350.000 euros a través de facturas falsas, el jefe de Gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez (MÁR), planteó una estrategia consistente en darle la vuelta a la realidad: filtrando otro correo a El Mundo, de 12 de marzo de 2024, en el que el fiscal de delitos económicos le decía al letrado del novio de Ayuso que aún no era tarde, una vez presentada la denuncia, para llegar a un acuerdo, en respuesta a la petición de pacto de González Amador.

 

 

 

El periódico publicó una noticia tergiversada afirmando que la Fiscalía había ofrecido un pacto de conformidad al novio de Ayuso pero que había sido retirado por “órdenes de arriba”, cuando era al revés.

 

 

Horas después, aquella misma noche del 13 de marzo de 2024, La Ser desmintió el bulo, informando de que el novio de Ayuso había reconocido dos delitos fiscales y pedía una conformidad con Fiscalía.

 

 

 

El fiscal general pidió a sus subalternos los correos, quería llegar a la verdad, “cerrar el círculo”, llegó a decir.

 

 

Una vez obtenidos y siendo consciente de que la noticia de El Mundo era un bulo y que la campaña de MÁR y Ayuso estaba cuestionando a la Fiscalía como si hubiera orquestado una trampa para perjudicar a la presidenta de Madrid, García Ortiz decidió que había que redactar y difundir una nota de prensa para desmentir ese bulo.

 

 

 

El propio fiscal general defendió en el juicio su decisión de difundir una nota de prensa a los medios.

 

 

“Cuando los correos generan esa confusión es cuando nos disponemos a hablar de esos correos en la nota, teníamos que ser rigurosos”.

 

 

Su letrado en el juicio lo reiteró: “Es imposible desmentir el bulo sin la introducción de los correos”, dijo José Ignacio Ocio, para quien “la nota informativa está justificada” y todos los elementos que la contienen estaban ya publicados con antelación, por lo que no constituyó revelación de ningún secreto, según su criterio.

 

 

¿Qué decía la nota de prensa? En su punto segundo recogía lo siguiente: “Esta propuesta de conformidad realizada por el letrado defensor reconocía la autoría del Sr. González Amador de la comisión de “dos delitos contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades, 2020 y 2021”.

 

 

 

La nota, difundida la mañana del 14 de marzo, después de que el digital El plural publicara la imagen del correo de la confesión, motivó la denuncia por revelación de secretos del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), abriéndose en el TSJ de Madrid una investigación judicial contra el fiscal de delitos económicos, Julián Salto, y la fiscal jefa provincial, Pilar Rodríguez, y más tarde contra el propio fiscal general del Estado, por lo que el Supremo asumió la causa.

 

 

 

 

 

 

Antes de estar investigado, Álvaro García Ortiz, asumió la responsabilidad de la nota de prensa.

 

 

En efecto, él recabó los datos y la confeccionó junto con sus colaboradores, como aseguró en el juicio.

 

 

En el anteriormente mencionado auto de 15 de octubre de 2024, ponencia de la magistrada Susana Polo, la nota de prensa se descartó como ilícito penal: “De lo anterior se desprende que, aparentemente, no hay información indebidamente revelada, ante el conocimiento público de los hechos”.

 

 

Ese “aparentemente” que aparecía en el primer auto del Supremo en la causa contra el fiscal general se convertía después en una suerte de comodín, en una ambigüedad, que ha acabado por coger fuerza en el juicio, hasta el punto de que el abogado que representa a González Amador como acusación particular, Gabriel Rodríguez Ramos, dijo en su turno de conclusiones que la decisión del fiscal general de lanzar la nota “sellaba institucionalmente” la revelación de un dato confidencial, como era la confesión de un delito en el marco de una negociación con Hacienda.

 

 

 

Sin pruebas de la filtración.

 

 

 

Cuando es indiscutible que del juicio no ha surgido ni una sola prueba de que el fiscal general hubiera filtrado a la prensa o hubiera ordenado hacerlo el correo de la confesión, si no más bien todo lo contrario, pues los periodistas han declarado que no fue García Ortiz su fuente, la nota de prensa se erige como un elemento que tener en cuenta para la sentencia, opinan varios juristas consultados por Público, que apuntan precisamente a las palabras del abogado del novio de Ayuso y su detenimiento en exponer las consecuencias de dicho comunicado de prensa.

 

 

 

 

La teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y el abogado del Estado, José Ignacio Ocio, sostuvieron en el juicio que la nota de prensa no se estaba enjuiciando e incluso el letrado llegó a protestar.

 

 

“Señorías, no sabemos de lo que nos estamos defendiendo; no sé a estas alturas si tengo que defenderme solo de la filtración del correo o si también de la nota”.

 

 

 

Los siete magistrados.

 

 

El tribunal está formado por cinco magistrados del ala conservadora, Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Carmen Lamela y Andrés Martínez Arrieta (presidente de la Sala); y dos considerados algo más progresistas, Ana Ferrer y Susana Polo.

 

 

La sentencia necesita de una mayoría de al menos cuatro magistrados. Los discrepantes, si los hubiera, pueden razonar su posición en un voto particular.

 

 

Las acusaciones solicitan penas de hasta seis años de cárcel por un delito de revelación de secretos, así como hasta 12 años de inhabilitación y más de 400.000 euros entre la multa y la indemnización al novio de Ayuso.

 

 

Los delitos son la presunta revelación de secretos, prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos.